El artículo 193 de la LGSS permite desde noviembre de 2024 prescindir del tratamiento previo y de la baja cuando las secuelas son previsiblemente definitivas
Las personas con discapacidad en España pueden jubilarse desde los 52 años de edad sin penalizaciones en la cuantía de la pensión contributiva de jubilación. Eso sí, no todas las personas con discapacidad podrán acogerse a este modo de jubilación, ya que es preciso cumplir con un mínimo de requisitos. El sistema de la Seguridad […]